Requisitos necesarios para la venta ambulante en España

Requisitos necesarios para la venta ambulante en España

¿Estás pensando en dedicarte a la venta ambulante? Pues lo primero que necesitas es un remolque que te facilite la actividad diaria. Será tu lugar de trabajo y la base de tu negocio, de ahí su importancia.

Una vez resuelto esto deberás ponerte al día con los trámites, solicitudes, burocracia y normativas.

A continuación te explicamos con detalle todo lo que necesitas para empezar tu negocio de venta ambulante.

Para empezar debes tener claro la terminología y conceptos:

“Se considera venta ambulante o no sedentaria la realizada por comerciantes fuera de un establecimiento comercial permanente, de forma habitual, ocasional, periódica o continuada, en los perímetros o lugares debidamente autorizados, en instalaciones comerciales desmontables o transportables, incluyendo los camiones-tienda”.

¿Qué modalidades de venta ambulante se contemplan?

  • Venta en mercadillos.
  • Venta en mercados ocasionales o periódicos
  • Venta en vía pública.
  • Venta ambulante en camiones-tienda (vehículos con carácter itinerante que se autoricen justificadamente por los ayuntamientos).

De todas estas la más común es la venta de mercadillos municipales, que deben estar debidamente autorizados por los diferentes consistorios. Dependerá de los Ayuntamientos determinar la zona de emplazamiento para este tipo de venta, fuera de la cual no podrá ejercerse la actividad comercial.

Los puestos de venta ambulante o no sedentaria no podrán situarse en los accesos a edificios de uso público, establecimientos comerciales e industriales, ni en lugares que afecten el acceso y la circulación.

Para cada emplazamiento concreto y por cada una de las modalidades de venta ambulante o no sedentaria que te propongas ejercer, deberás solicitar una autorización, que será otorgada por el ayuntamiento respectivo. Para presentar dicha solicitud será necesario firmar una declaración en la que manifiestes:

  • El cumplimiento de los requisitos establecidos.
  • Estar en posesión de la documentación que así lo acredite a partir del inicio de la actividad.
  • Mantener su cumplimiento durante el plazo de vigencia de la autorización.
  • Estar dado de alta en el epígrafe correspondiente del impuesto de actividades económicas y estar al corriente en el pago de la tarifa o, en caso de estar exentos, estar dado de alta en el censo de obligados tributarios.
  • Estar al corriente en el pago de las cotizaciones de la Seguridad Social; los prestadores procedentes de terceros países deberán acreditar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en la legislación vigente en materia de autorizaciones de residencia y trabajo.
  • Reunir las condiciones exigidas por la normativa reguladora del producto o productos objeto de la venta ambulante o no sedentaria.

¿Qué registros tendrás que hacer como comerciante ambulante?

La inscripción en los registros de comerciantes ambulantes no tendrá carácter habilitante para el ejercicio de la actividad comercial. Las autoridades competentes efectuarán la inscripción en el momento del otorgamiento de la autorización para el ejercicio de la actividad, o bien en el momento de su transmisión, partiendo de los datos contenidos en la declaración responsable. Los datos contenidos en los registros serán actualizados de oficio.

¿Qué derechos tienen los consumidores en las ventas ambulantes?

Los derechos de los consumidores en las ventas ambulantes son exactamente los mismos que cuando se compra en un establecimiento fijo. Entre otros aspectos:

  • La lista de precios tiene que estar en un lugar visible y se puede exigir factura.
  • Pueden devolver el producto en un plazo determinado de tiempo si es defectuoso y,en caso de tener un problema, puede solicitar la hoja de reclamaciones.

Como vendedor ambulante estás obligado a ofrecer mercancía en buenas condiciones, con sus cajas correspondientes y bien ordenadas. En ocasiones, sin embargo, sí que pueden vender productos “outlet”.

Es obligatoria la indicación no sólo del precio final del bien, sino también del precio por unidad de medida de cada producto. Es decir, debe figurar en cada producto además del precio final de venta, incluido el IVA y otros impuestos, el precio por un kilogramo, un litro, un metro cuadrado o un metro cúbico del producto. Sin embargo, no es obligatorio exponer el precio en artículos como obras de arte y antigüedades.

¿Qué requisitos debes cumplir como comerciante?

Para que se te considere como un comerciante ambulante legal:

  • Debes estar debidamente dado de alta del Impuesto sobre Actividades Económicas y contar con el documento acreditativo del mismo.
  • Debes estar dado de alta en el régimen de la Seguridad Social que corresponda, disfrutar del oportuno permiso de residencia y trabajo por cuenta propia en caso de no tener la nacionalidad española.
  • Estar al corriente del pago de las tasas municipales requeridas para poder desarrollar la actividad de venta ambulante.
  • Debes tener expuesta, de forma fácilmente visible para el público, la autorización donde consten tus datos personales y tu dirección para poder efectuar reclamaciones.

¿Qué puedes vender?

Las normativas municipales son las que expresan cuáles son los productos autorizados para la venta ambulante. Siendo dos las categorías que, en general, acaparan la mayor parte de este tipo de comercio: el textil y la alimentación.

Por lo general, la venta de productos textiles no suele estar sujeta a muchos requisitos, aunque sí debe tratarse de productos originales, en ningún caso de copias ni, por supuesto, objetos robados.

Además, todas las prendas deben tener su correspondiente etiqueta, lo que indica que se trata de un artículo con garantía. De esta forma, el cliente estará en su derecho de rechazar aquellos productos que no estén debidamente etiquetados.

Las exigencias son mayores en el caso de los productos relacionados con la alimentación. En este caso, los vendedores deben disponer del carné sanitario de expendedor de esta clase de artículos.

¿Qué no puedes vender?

En los puestos de venta ambulante no se podrán vender productos que, por sus características y a juicio de las autoridades competentes, conlleven riesgo sanitario. De este modo, suele quedar excluida la venta de:

  • Carnes, aves y caza frescas, refrigeradas y congeladas.
  • Pescados y mariscos frescos, refrigerados y congelados.
  • Leche certificada y leche pasteurizada.
  • Quesos frescos, requesón, nata, mantequilla, yogur y otros productos lácteos frescos.
  • Pastelería y bollería rellena o guarnecida.
  • Pastas alimenticias frescas y rellenas.
  • Anchoas, ahumados y otras semiconservas.

No obstante, si a pesar de la normativa mencionada tu intención era montar un negocio de comida sobre ruedas o un Food truck, échale un vistazo a este artículo. Te será de gran ayuda.

 

Fuente: www.consumoteca.com

3 pensamientos en “Requisitos necesarios para la venta ambulante en España

  1. Mohamed Hamdouch

    Hola buenas quiero vender algo en los mercadillos que tenga buen benifecio estoy pensando en zapatos para niños. Algun consejo por fa

  2. Rosa

    Holaa, me gustaría montar un negocio venta ambulante que es lo que necesito? Y que precio son? Los productos seria mis productos de avon. Gracias

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